Evita multas por CFDI´s emitidos con errores
Debes cuidar a detalle estos requisitos
La expedición de CFDI´s que amparen operaciones al público en general o de alguna compra venta de bienes o servicios, deben cumplir con lo especificado en el artículo 29 del CFF, de lo contrario el artículo 83 fracción VII y el 84 del CFF prevén, que cuando sean expedidos sin los requisitos fiscales, serán acreedores a multas que van desde los $1,490 hasta los $87,350 pesos.
Por lo que los contribuyentes deben de tener especial cuidado para evitar que el SAT encaje las pezuñas, esto considerando los CFDI`s que emitan por actos que efectúen, ingresos que perciban, retenciones de contribuciones, los que amparen transportes de mercancía, incluyendo también los expedidos al público en general.
Buscan pagar la prima de antigüedad a todos los trabajadores
Actualmente se priva de la prestación a quienes “renuncien”
Existe una propuesta en pie, que plantea eliminar el requisito de la LFT de contar 15 años laborando, para que aquellos trabajadores que se separen voluntariamente, puedan acceder a la prima de antigüedad.
La propuesta realizada por la senadora Geovanna Bañuelos, evita que se vulnere el derecho a la libertad del trabajo y permite que los empleados puedan acceder a una prestación que debería corresponderles a todos los trabajadores, por igual.
¿Cuánto tiempo debo conservar la contabilidad?
Existen plazos forzosos a respetar
Los contribuyentes obligados a conservar la contabilidad en su domicilio fiscal, incluyendo libros, registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, registros sociales, cuentas especiales, controles de inventarios, sistemas electrónicos y toda la documentación comprobatoria de ingresos y deducciones, se deberá conservar por 5 años.
Por otra parte, el art. 30 del CFF indica otra documentación parte de la contabilidad que se debe conservar por todo el tiempo que subsista una sociedad, siendo esta el acta constitutiva, las actas de aumento de capital, los estados de cuenta que expidan las instituciones financieras, actas de disminución de capital, actas de fusión o escisión de sociedades, constancias emitidas al distribuir dividendos, declaraciones de pagos provisionales y del ejercicio de contribuciones federales. Por lo que antes de “deshacerse” de papeles se debe revisar el CFF.
Principio de Simetría Fiscal a favor de los tributarios
Pero la ley no lo contempla
Te explicamos las diferencias entre Simetría y Asimetría Fiscal. La simetría consiste en que si una persona le corresponde el reconocimiento de un ingreso, que será gravado, a su contraparte le corresponde una deducción; es decir, un equilibrio entre los ingresos y los gastos.
En cuanto a la asimetría fiscal se da cuando existe una erogación, pero no se puede deducir el gasto, como se contempla el hecho de que un patrón puede deducir conceptos remunerativos, pero con un tope máximo, este tope es asimétrico porque no toma en cuenta el sueldo del empleado, por lo tanto, se entiende que muchas leyes son “asimétricas”.
El SAT alerta sobre contrabando médico
Identificó el ingreso ilegal de 110 mil productos médicos
El fisco informó que durante una revisión detectaron que el pedimento de los productos médicos, no contaba con la documentación requerida para ingresarse al país.
Entre los productos decomisados se encontraron 82 mil 775 piezas de oxímetros y 27 mil 840 pruebas médicas para la detección del Covid-19, el SAT encontró esta mercancía en la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
El IVA de bienes al por menor de comercio electrónico aumenta
El 38.6% de la recaudación fue por bienes electrónicos
Con datos del INEGI, se desprende que en 2019 el monto generado por comercio al por menor electrónico fue de 1,462,583 pesos que corresponde al 38.6%, el 21.6% al comercio por mayor de bienes y el 39.8% de servicios por internet.
Algunos ejemplos de la economía digital que generan mayor recaudación de IVA, son los siguientes:
- Servicios financieros de compra venta de monedas virtuales, medios de pago
- Contratación de servicios por internet
- Bases de datos y venta a terceros con información de consumidores
- Bienes públicos digitales
- Bienes públicos financiados por donaciones
Ventajas del pago de ISR por flujo de efectivo
Solo algunas personas morales pueden optar por este beneficio
Los ingresos se consideran acumulables en el momento en que sean efectivamente percibidos, así que algunas personas morales que opten por calcular el ISR en base al flujo o acumulación de ingresos, tienen el beneficio de que no van a desembolsar dinero para cubrir el ISR de ingresos que no se han cobrado.
Para acceder al cálculo por flujo las personas morales deberán cumplir estos requisitos:
- Constituidas solo por personas físicas
- Que las personas físicas no hayan excedido ingresos de 5 millones en el ejercicio inmediato anterior
- Que el contribuyente no realice actividades a través de fideicomiso o asociación en participación
- Que no tributen conforme al Capítulo VI de la LISR
- Que los accionistas o socios ya hayan tributado con otra persona moral bajo acumulación
- Que la persona moral haya dejado de aplicar la opción de acumulación
(+) Para informar:
- Actualiza en línea la e.firma
- Integración del SBC
- Cuestiones de descontrol por el teletrabajo
- Portal para trabajadores independientes del IMSS
- Eliminación del fuero presidencial